Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Estación Central, referido a información sobre el presupuesto municipal asignado a seguridad para el año 2024 y 2025, con el detalle que indica. Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública, respecto de la cual, el enlace remitido por el órgano en su respuesta no permite satisfacer el requerimiento en los términos consultados, no habiéndose acreditado su entrega. En virtud del principio de divisibilidad, previo a la entrega, el órgano deberá tarjar aquellos datos personales y sensibles de contexto que pudieren estar contenido en la información cuya entrega se ordena, en conformidad a lo previsto en la Ley de Protección de la Vida Privada. Con todo, en el evento de que dicha información no obre en su poder, deberá informar de ello de modo circunstanciado, tanto al reclamante como a esta Corporación.