Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema rechaza el recurso de protección interpuesto por Guillermo Eliceo Lepe Venega en contra de la Dirección Regional Aysén del SAG, que había rechazado la solicitud de certificación de subdivisión de un predio por falta de acceso a espacio público o camino Cora. El recurrente alegaba que la resolución era arbitraria e ilegal, argumentando que el predio cumplía con las normas sobre acceso exigidas por el DL N° 3.516. La Corte confirma que el acto administrativo fue debidamente motivado y que cumple con los requisitos legales necesarios. Se revoca la sentencia de la Corte de Apelaciones de Coyhaique que había acogido parcialmente el recurso. La decisión se fundamenta en que la motivación de actos administrativos es un requisito esencial que debe cumplirse conforme a la ley.