Seguridad social

Seguridad social: Ley N° 16.744, Bombero voluntario cobertura

Resumen del criterio jurisprudencial

Ley N° 16.744. Prestaciones en caso de accidentes y enfermedades en actos de servicio de los miembros de los Cuerpos de Bomberos. Remite informe.

Ley N° 16.744Bombero voluntario cobertura

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.