Resumen del criterio jurisprudencial
Marcia Loreto CID Cifuentes interpuso demanda por despido injustificado contra Abarrotes Económicos Ltda., alegando que la causal invocada de necesidades de la empresa no estaba debidamente sustentada. El empleador justificó el término del contrato el 19 de junio de 2026 bajo el artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo, sin aportar datos concretos que demostraran la necesidad real. La parte demandante también solicitó la devolución del aporte al seguro de cesantía y el recargo del 30% sobre la indemnización por años de servicio. El tribunal constató que la carta de despido carecía de información específica y, por tanto, la causal no se cumplía. En consecuencia, se declaró improcedente el despido y se condenó al empleador al pago del recargo legal y a la devolución del aporte al seguro de cesantía. Además, se impusieron costas a la parte demandada y se ordenó el cumplimiento de la sentencia en el plazo legal.