Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Rancagua acogió parcialmente el recurso de protección interpuesto por la Sociedad Agrícola Romané Limitada en contra de la Sociedad Agrícola El Porvenir S.A. por obstrucción del acceso a su propiedad. La recurrente alegó que la recurrida cerró con candado un portón que constituye el único acceso a su predio, vulnerando su derecho de propiedad. El tribunal reconoció la existencia de una servidumbre de tránsito que ha sido ejercida por más de 30 años sin interrupciones. Se ordenó a la recurrida permitir el tránsito mediante la entrega de llaves o retiro del candado, con condiciones de seguridad. La medida fue establecida por un plazo de seis meses para que las partes acudan a los tribunales competentes.