Resumen del criterio jurisprudencial
Se dedujo acción de protección en favor del recurrente Thomas en contra del Servicio Nacional de Migraciones por no acoger a trámite su solicitud de residencia definitiva, fundado en el incumplimiento del tiempo mínimo de residencia temporal. La Corte de Apelaciones rechazó la acción, y la Corte Suprema confirmó dicho fallo. El tribunal consideró que el servicio actuó conforme a la ley, específicamente el artículo 78 de la Ley N°21.325 y el artículo 65 N°4 de su Reglamento, que exigen al menos veinticuatro meses de residencia temporal. Se constató que el recurrente no cumplía dicho requisito. Además, sus antecedentes fueron remitidos al departamento competente para evaluar un permiso temporal, manteniendo su situación regular. No se advirtió ilegalidad o arbitrariedad, ni vulneración a la garantía de igualdad. Por lo tanto, se confirmó la sentencia apelada, rechazando la acción de protección.