El Tribunal Constitucional recibió, mediante oficio del Senado, el proyecto de ley que…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2026
Resumen
El Tribunal Constitucional recibió, mediante oficio del Senado, el proyecto de ley que modifica la Ley N° 19.640 del Ministerio Público y solicitó ejercer el control preventivo de constitucionalidad previsto en el artículo 93 inciso primero de la Constitución. El Tribunal analizó la normativa del proyecto y la comparó con los preceptos constitucionales, particularmente el principio de pasividad del control constitucional. Concluyó que no existe una habilitación expresa que le permita actuar de oficio, ya que la Constitución reserva la iniciativa del control al Congreso. Por tanto, el Tribunal determinó que la legitimación para activar el control recae en el Congreso Nacional y no en la propia magistratura. En consecuencia, rechazó la solicitud de control preventivo presentada por el Senado. La sentencia fue firmada por la Presidenta y los Ministros que integran el Tribunal.
Normas citadas
artículo 84, inciso primero
artículo 88
artículo 91
Tribunal ConstitucionalCPRMinisterio PúblicoLey Orgánica del Ministerio Público
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