Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Constitucional rechaza el requerimiento de inaplicabilidad presentado por la Corporación Municipal de Ancud respecto de los artículos 19 incisos undécimo, duodécimo y decimotercero del D.L. N° 3.500 y artículo 3° N° 5 de la Ley N° 19.260, que establecen reajustes, intereses y multas por cotizaciones previsionales adeudadas. La requirente cuestionaba la capitalización mensual de intereses como desproporcionada y contraria a los derechos fundamentales. El Tribunal estima que las normas impugnadas no producen resultados contrarios a la Constitución y son razonables en su aplicación. La sentencia fue pronunciada por mayoría, con disidencia del Ministro José Ignacio Vásquez Márquez.