Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema rechaza el recurso de protección interpuesto contra la declaración de vacancia del cargo de una funcionaria pública por licencias médicas superiores a seis meses en dos años. La sentencia establece que la existencia de licencias médicas prolongadas constituye un indicio de incompatibilidad de salud con el desempeño del cargo, pero no es automáticamente motivo de cesación. La Corte confirma que, conforme a la Ley Nº 21.050, se requiere evaluación previa de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) antes de declarar la vacancia. Se distingue entre salud irrecuperable (relevante para prestaciones de seguridad social) e incompatible (relevante para idoneidad funcional). La declaración de vacancia no es ilegal ni arbitraria cuando se cumple el procedimiento legal establecido.