El documento analiza la jurisprudencia sobre reclamaciones de indemnización en procedim…
Sentencia · Corte Suprema · 2015
Resumen
El documento analiza la jurisprudencia sobre reclamaciones de indemnización en procedimientos de expropiación. Establece que conforme al artículo 38 de la Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones, la indemnización debe cubrir el daño patrimonial efectivamente causado como consecuencia directa e inmediata de la expropiación. La Corte Suprema ha interpretado que lo indemnizable es la pérdida que representa para el afectado la privación de su propiedad, determinada por el valor económico de mercado del terreno expropiado. Para acoger un reclamo de insuficiencia de indemnización provisional, se requiere prueba que forme convencimiento en el tribunal sobre la insuficiencia del monto para cubrir la totalidad del perjuicio causado.
Normas citadas
Artículo 38 de la Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones
Artículo 10 de la Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones
Artículo 12 de la Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones
Artículo 13 de la Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones
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