Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo deducido en contra del Instituto Nacional de Deportes, ordenándose la entrega de copia íntegra de todos los antecedentes presentados por la Federación Deportiva Nacional de Hockey y Patinaje que respaldan la rendición de cuentas correspondiente al proyecto que se indica, pudiendo advertirse al requirente, si fuese necesario que dicha información no se encuentra validada. Con todo, en el evento de que la información solicitada no obre en poder del órgano, éste deberá comunicar dicha circunstancia al requirente y a este Consejo, indicando detalladamente las razones que lo justifiquen. Lo anterior, por cuanto la rendición de cuentas constituye un mecanismo relevante de transparencia y control sobre la utilización de los recursos públicos, permitiendo verificar su correcta destinación y el adecuado ejercicio de las funciones públicas, conforme a los principios de eficiencia y eficacia, sin que el órgano reclamado haya invocado causal de reserva legal alguna, ni circunstancias de hecho que justifiquen su denegación. Aplica criterio decisiones de amparos roles C633-11, C5174-21 y C3237-22, C7598-23, C4455- 25, entre otras. En virtud del principio de divisibilidad, previo a la entrega de la información, deberán tarjarse aquellos datos personales de contexto incorporados en la documentación requerida, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, y en cumplimiento de la atribución conferida a este Consejo por la Ley N° 20.285.