Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Supremo español anuló la convocatoria de ingreso en la Policía Nacional por no indicar que la exclusión relativa a llevar lentes intraoculares estaba suspendida cautelarmente. El tribunal rechazó la alegación del Abogado del Estado que argumentaba que la Dirección General de la Policía había decidido subsanar la resolución impugnada. El tribunal consideró que la justificación no resultaba convincente al no especificar exactamente en qué consistía la rectificación ni cuáles serían sus efectos. La decisión se fundamentó en la necesidad de claridad y especificidad en los actos administrativos que afectan derechos de los ciudadanos.