Resumen
La Superintendencia de Salud, a través de la Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales de Salud, emitió un oficio que instruye sobre las facultades de control y fiscalización que ejercerá el Departamento de Control Financiero y Garantías en Salud. Entre ellas se encuentran representar observaciones formales sobre contratos revisados, solicitar informes y antecedentes a las entidades fiscalizadas, impartir instrucciones derivadas de las fiscalizaciones, dirigir oficios a las Isapres con observaciones sobre materias ya resueltas por jurisprudencia administrativa, autorizar o rechazar prórrogas, y requerir información a auditores externos y a otros organismos públicos. El oficio dispone que tanto las Isapres como el FONASA deben cumplir estrictamente las instrucciones de ese Departamento, y que las entidades sometidas a fiscalización deben entregar la información requerida y permitir la inspección de operaciones, bienes, libros, cuentas, archivos y documentos.