Administrativo

A contar del año 2022, el Hospital de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile…

Resumen del criterio jurisprudencial

A contar del año 2022, el Hospital de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile debe pagar sus obligaciones a los proveedores por los bienes y servicios adquiridos en conformidad con la regla general dispuesta en el artículo 79 bis del reglamento de la ley N° 19.886.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.