Resumen del criterio jurisprudencial
René Osvaldo González González, profesor jubilado y dirigente del Colegio de Profesoras y Profesores de Chile A.G., interpuso un recurso de protección contra dicha asociación gremial. Impugnó el Informe Final del Caso N° 43, de 7 de abril de 2026, que le impuso la sanción de suspensión de su cargo dirigencial por tres meses. La sanción se basó en dos conductas: difundir mensajes críticos respecto del desistimiento de la demanda internacional por la Deuda Histórica y presentar al DEPROJ Regional Metropolitano como parte de la estructura orgánica del gremio. El recurrente alegó que la medida vulneraba su libertad de emitir opinión e informar, protegida por el artículo 19 N° 12 de la Constitución, y que era desproporcionada. La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso, sin costas, al considerar que la sanción fue adoptada conforme a las normas internas, no fue desproporcionada y no importó una prohibición absoluta de expresar opiniones.