Resumen del criterio jurisprudencial
Doña Georgina Elda Álvarez Reyes, administradora electoral del candidato a concejal Miguel Ángel Salgado Muñoz, reclamó contra la resolución N°10328 del Director del Servicio Electoral que aprobó con una observación la cuenta general de ingresos y gastos electorales de la candidatura. La observación se debió a la falta de prueba de devolución efectiva de $11.000 a los últimos aportantes, según el artículo 12 de la Ley N°19.884. La reclamante sostuvo que los aportes se depositaron solo para verificar la cuenta bancaria electoral, pero nunca pudieron utilizarla, por lo que registraron una devolución que no pudieron materializar porque el dinero quedó retenido. Acompañó comprobantes de aportes del candidato ($1.000) y de don Ignacio Salvador Salgado Álvarez ($10.000), y una captura de pantalla que muestra la retención bancaria. El Tribunal consideró que dicha documentación era suficiente para subsanar el reparo, al acreditar que la devolución no se realizó por causas ajenas a la voluntad de la administradora. En consecuencia, acogió la reclamación, aprobó sin observaciones la cuenta general y ordenó al Servicio Electoral autorizar la devolución de los $11.000 a los últimos aportantes.