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El tribunal tributario y aduanero de la región del bio bio, no acogió la reclamación de…

Resumen del criterio jurisprudencial

El tribunal tributario y aduanero de la región del bio bio, no acogió la reclamación deducida, entre otras consideraciones que, en este último sentido, cabe recordar que la reclamante reconoce plenos efectos jurídicos a la notificación por cédula de la citación 34 de 23.04.2013, practicada en su domicilio, e la persona de doña mercedes zambrano aguilera, quien además firmó la diligencia, todo según deja constancia la notificación n°4163 de 25.04.2013, rolante a fojas 1 de autos. lo anterior no es baladí pues la notificación de los giros impugnados se efectuó, exactamente, en la misma forma y domicilio, siendo recibida la cédula por la misma doña mercedes zambrano aguilera, quien suscribe esta vez el acta de notificación n° 10057 de 25.02.2014, y que rola a fojas 8.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.