Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge parcialmente el amparo deducido en contra de la Dirección de Compras y Contratación Pública, respecto de documentación técnica sobre el uso de la API, teniendo por entregada la información solicitada, aunque de manera extemporánea, toda vez que, con ocasión de sus descargos, el órgano se pronunció sobre la materia consultada. Por su parte, se rechaza el amparo respecto de la generación de credenciales para el uso de la plataforma API, por cuanto lo pedido consiste en obtener un código “ticket” de acceso a un servicio que presta la Dirección ChileCompra, lo que corresponde al ejercicio del Derecho de Petición consagrado en el artículo 19° N°14 de la Constitución Política de la República, y no haberse ejercido el derecho de acceso a la información pública en los términos exigidos por la Ley de Transparencia. Se sigue lo resuelto por este Consejo en las decisiones de los amparos, C4246- 20, C213-21, y C10331-23, entre otras.