Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema confirma la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco que rechaza un recurso de protección interpuesto contra la mantención de datos en el Sistema de Apoyo a Fiscales (SAF) de una persona que fue sobreseída definitivamente. La mayoría de la Corte estima que no es ilegal ni arbitrario que la Fiscalía mantenga registros de investigaciones terminadas en su sistema de análisis criminal. La decisión se fundamenta en que el artículo 37 bis de la Ley N° 19.640 autoriza el análisis de datos de delitos investigados, independientemente de si la investigación está vigente o terminada. Existe voto disidente de la Ministra Vivanco que considera que la mantención indefinida de datos vulnera derechos constitucionales.