Resumen del criterio jurisprudencial
En el marco de un procedimiento sumario sobre reconocimiento de derecho de aprovechamiento de aguas, los demandantes, miembros de la familia Marín Fernández y sociedades agrícolas, solicitaron el reconocimiento de quince acciones o regadores en la Comunidad de Aguas Canal Culiprán, que se sumarían a las treinta y dos que ya poseían. La demanda fue rechazada en primera instancia y confirmada por la Corte de Apelaciones de San Miguel. Los demandantes interpusieron recurso de casación en el fondo, alegando infracción del artículo 399 del Código de Procedimiento Civil y de los artículos 20 y 195 del Código de Aguas. La Corte Suprema rechazó el recurso, considerando que las infracciones denunciadas no influían en la decisión de fondo, al sustentarse la pretensión en la existencia de un derecho preexistente que no había sido acreditado. Se contó con la prevención del Ministro Brito, quien señaló que aun existiendo las infracciones, estas no incidían en lo resolutivo. La sentencia confirmó el rechazo de la demanda de reconocimiento de derechos de aprovechamiento.