Resumen del criterio jurisprudencial
La Dirección del Trabajo aclaró que la reducción de jornada establecida por la Ley N°21.561 no puede aplicarse al tiempo de colación pactado con imputación a la jornada, el cual debe mantenerse íntegro. Además, precisó los efectos diferenciados de estos pactos según si fueron acordados colectivamente o de manera individual, y reiteró que cualquier modificación en este último caso requiere acuerdo mutuo.