Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid resuelve sobre la validez de una videovigilancia encubierta instalada por una empresa para identificar al responsable de hurtos de cartuchos de tinta. La sentencia declara procedente el despido disciplinario del trabajador, considerando que el uso excepcional y temporal de cámaras ocultas no vulnera derechos fundamentales cuando existe una perpetración continuada de ilícitos penales que afectan el patrimonio empresarial. El tribunal estima que la medida fue proporcionada, coyuntural y no permanente, durando solo cuatro o cinco días hasta identificar al autor. Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de lo Social que había declarado procedente el despido.