Laboral

Debe aplicarse el puntaje de capacitación vigente para producir el desempate, cuando no…

Resumen del criterio jurisprudencial

Debe aplicarse el puntaje de capacitación vigente para producir el desempate, cuando no ha sido posible aplicar los dos primeros criterios que prevé el artículo 35 del decreto Nº1.889, reglamento de la carrera funcionaria del personal regido por la ley 19.378.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.