Resumen del criterio jurisprudencial
La ley N° 20.919 exige que el bono postlaboral sea solicitado en la oportunidad en que el interesado deba comunicar la fecha de su renuncia voluntaria, la que debe ser presentada a más tardar el último día del mes siguiente a la data en que la Subsecretaría de Redes Asistenciales haya emitido la resolución que individualice a los beneficiarios de los cupos respectivos.