Seguridad social

Seguridad social: Licencias Médicas, Sanción

Resumen del criterio jurisprudencial

Ley Nº20.585. Las COMPIN pueden disponer medidas provisionales consistentes en la prohibición de venta y de la suspensión en la emisión de formularios de licencias médicas por un determinado lapso de tiempo; Por su parte, la Superintendencia, previo procedimiento contemplado en el citado artículo 5 de la Ley N°20.585, puede aplicar la sanción de suspensión de la facultad de otorgar licencias médicas por un determinado lapso de tiempo y multas a quién las emite en dicho periodo.

Licencias MédicasSanción

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.