Resumen del criterio jurisprudencial
1) La fecha a partir de la cual la Línea Nogales-Polpaico 2x220 kV debe recibir su remuneración es el 8 de noviembre de 2011. 2) La fecha a partir de la cual el STATCOM Cerro Navia debe recibir su remuneración es el 9 de noviembre de 2011. 3) 1. Procede la rectificación del Informe de Revisión Anual 2011 emitido por la Dirección de Peajes del CDEC-SIC en términos de efectuar una reliquidación y ajuste entre ingresos tarifarios esperados y reales, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo segundo, numeral 3.1 c) del DS del Ministerio de Energía, entre las empresas usuarias que inyectan y retiran energía y potencia del sistema, y los operadores del sistema de transmisión troncal. 2. La rectificación del Informe de Revisión Anual 2011 debe cumplir lo establecido en el último inciso del artículo 101º de la LGSE, de manera de…