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El tribunal declaró extemporáneo el reclamo formulado en contra de las liquidaciones nú…

Resumen del criterio jurisprudencial

El tribunal declaró extemporáneo el reclamo formulado en contra de las liquidaciones números 483774 a 483792, de 11 de diciembre de 2024, emitidas por la unidad de victoria de la ix dirección regional del servicio de impuestos internos, por cuanto estimó que dichos actos fueron válidamente notificados a jorge guillermo moran silva comercial e.i.r.l. con fecha 12 de diciembre de 2024, mediante correo electrónico enviado a la dirección jorge.moran.valmor@gmail.com, dirección electrónica que había sido informada por la propia contribuyente para tales efectos y que se mantuvo vigente hasta el 30 de abril de 2025. en consecuencia, se desestimó la alegación de la reclamante relativa a la falta de notificación válida de las liquidaciones impugnadas y, constando del certificado de envío que el reclamo fue interpuesto con fecha 21 de agosto de 2025, resultaba manifiesto que éste fue deducido una vez vencido el plazo de noventa días hábiles previsto en el artículo 124 del código tributario, contado desde la notificación de las liquidaciones efectuada el 12 de diciembre de 2024.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.