La Corte Constitucional de Ecuador resolvió que los trabajadores portadores de VIH no e…
Sentencia · Corte de Apelaciones
Resumen
La Corte Constitucional de Ecuador resolvió que los trabajadores portadores de VIH no están obligados a revelar su condición de seropositividad en el ámbito laboral cuando sus capacidades físicas y mentales no se encuentran afectadas. La Corte determinó que no existe violación constitucional en mantener la confidencialidad sobre el estado serológico. Sin embargo, la Corte estableció que cuando la condición de VIH afecta efectivamente las capacidades físicas o mentales del trabajador, impidiéndole desarrollar sus actividades laborales, resulta razonable que exista la obligación de informar al empleador para precautelar su estado de salud. Esta resolución equilibra el derecho a la privacidad y no discriminación con la protección de la salud laboral.
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