Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de reclamación interpuesto por el sostenedor de un colegio en contra de la resolución de la Superintendencia de Educación que le impuso una multa de 51 UTM. La sanción se originó por la denuncia de la madre de un estudiante con Trastorno del Espectro Autista (TEA) y apraxia del lenguaje, quien denunció la no renovación de matrícula para el año 2024 y la exigencia de contratar un terapeuta sombra. La fiscalización constató que el reglamento interno del colegio contenía causales de no renovación contrarias a la normativa y que se aplicó una reducción de jornada y no renovación sin respaldo reglamentario. El colegio alegó prescripción de la potestad sancionadora respecto de la reducción de jornada, pero la corte consideró que la conducta fue continua y no prescrita. También argumentó que la no renovación no fue discriminatoria sino por falta de recursos, pero la corte estimó que hubo discriminación por necesidades educativas especiales. Finalmente, la corte desestimó la falta de proporcionalidad de la multa, señalando que se ajustaba a la ley y estaba debidamente motivada.