Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero de valparaíso por sentencia de fecha 29.09.2025 acoge el reclamo materia de autos toda vez que el servicio nacional de aduanas, administración de san antonio, al contestar el reclamo materia de autos se allana a las pretensiones de la reclamante, en atención a dejar sin efecto la multa reclamada por haberse emitido con infracción a lo dispuesto en los artículos 41 de la ley n°19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado, artículo 4°, 177 y 176 a) de la ordenanza de aduanas, disposición esta última que sirvió de fundamento de derecho de la presunta infracción materia de este reclamo. la sentencia no fue apelada y se encuentra firme y ejecutoriada.