Resumen
La Superintendencia del Medio Ambiente resolvió el procedimiento sancionatorio iniciado contra un establecimiento nocturno de La Serena, una persona jurídica, por ruidos molestos provenientes de música en vivo y envasada, tras denuncias vecinales y una fiscalización. La decisión se fundó en el decreto supremo sobre emisión de ruidos. El texto final de la resolución dispone que, si el infractor es una persona jurídica, las personas naturales que la representen legalmente o actúen en su nombre responden subsidiariamente del pago de la multa. Asimismo, establece que la sanción prescribe a los tres años desde que quede a firme, interrumpiéndose por la notificación del procedimiento de ejecución o la formulación de cargos. Finalmente, ordena que, una vez firme, la sanción se anote en el Registro Público de Sanciones de la Superintendencia, conforme al artículo 58 de la LOSMA y su reglamento.