Laboral

La circunstancia de constituirse una organización sindical con arreglo a las normas de…

Resumen del criterio jurisprudencial

La circunstancia de constituirse una organización sindical con arreglo a las normas de los Convenios 87 y 151 de la OIT, pero sin estricto apego a las disposiciones legales regulatorias contenidas en el Libro III del Código del Trabajo o a las de la ley 19.296, circunscribe la actuación de la Dirección del Trabajo a practicar la inscripción de dicha organización en el registro pertinente, a fin de que adquiera personalidad jurídica y a otorgar los certificados pertinentes.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.