Laboral

Para los efectos de aplicar el primer criterio de desempate de funcionarios con igual p…

Resumen del criterio jurisprudencial

Para los efectos de aplicar el primer criterio de desempate de funcionarios con igual puntaje, contenido en el artículo 35 del Decreto N°1.889, resulta necesario promediar los últimos procesos calificatorios anteriores al proceso en que se produjo el empate, en los términos expuestos en el presente dictamen.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.