Laboral

no resulta jurídicamente procedente, una vez obtenido el beneficio de bonificación por…

Resumen del criterio jurisprudencial

no resulta jurídicamente procedente, una vez obtenido el beneficio de bonificación por retiro contemplado en la ley N°20.589 respecto de la Corporación de Desarrollo Social de Pudahuel, continuar prestando servicios mediante un contrato de honorarios para la misma entidad, a menos que se devuelva la totalidad del beneficio percibido en los términos indicados en dicha normativa.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.