Resumen del criterio jurisprudencial
El Segundo Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago resolvió tener por no presentada la reclamación interpuesta por Eyzaguirre Uribe en contra del Servicio Nacional de Aduanas. El tribunal había ordenado previamente al reclamante cumplir con un requerimiento procesal, apercibiéndole que, de no hacerlo, se tendría por no presentada la reclamación. Al no haber dado cumplimiento a lo ordenado dentro del plazo, el tribunal aplicó el apercibimiento del inciso final del artículo 123 de la Ordenanza de Aduanas y declaró la reclamación como no presentada. La resolución fue notificada mediante carta certificada conforme al artículo 127 de la misma ordenanza. La decisión fue adoptada por el juez titular Oscar Merino Maturana, con autorización del secretario José Antonio Guerrero Uriarte.