Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
Administrativo

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una funcionar…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2013

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una funcionaria del sector salud que reclamaba el pago de asignaciones de urgencia y de turno, días de sueldo descontados y reembolsos. Respecto de las asignaciones, el organismo recordó que tanto la ley N° 19.264 como el artículo 94 del DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, exigen que el beneficiario se encuentre formalmente destinado, mediante resolución anual del director del servicio o establecimiento, a las unidades de trabajo que la norma señala, requisito que no se cumplió en el año consultado, por lo que no procede su pago. En cuanto a los días de sueldo, se consideró ajustado a derecho el descuento por ausencia sin causa justificada, conforme al artículo 72 de la ley N° 18.834. Sobre los reembolsos, el organismo constató, según la cartola del departamento de bienestar, que fueron pagados, por lo que la situación se entendió superada.

Normas citadas

  • ley 18834 art/126
  • ley 18834 art/128
  • ley 18834 art/129
  • ley 19264 art/1
  • dl 249/73
  • DFL 1/2005 SALUD art/94
  • ley 18834 art/72
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Procede el pago de la asignación de urgencia a un funcionario de salud si no fue destinado formalmente a las unidades de trabajo por resolución anual?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que la ley N° 19.264 y el artículo 94 del DFL N° 1, de 2005, exigen que el beneficiario esté formalmente destinado, mediante resolución anual del director del servicio, a las unidades que la norma señala. Como ese requisito no se cumplió en el año consultado, no procede el pago.

¿Es legal descontar días de sueldo a un funcionario público por ausencia sin causa justificada?

En este caso, el organismo consideró ajustado a derecho el descuento por ausencia sin causa justificada, conforme al artículo 72 de la ley N° 18.834. Así, la Contraloría dio por correcto el descuento aplicado a la funcionaria.

¿Qué pasa con el reclamo de reembolsos de un funcionario si el organismo verifica que ya fueron pagados?

En este caso, la Contraloría constató, según la cartola del departamento de bienestar, que los reembolsos fueron pagados. Por ello, la situación reclamada se entendió superada.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2013 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre una presentación de un diputa…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2013

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre un reclamo de una funcionaria…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

  • La Contraloría General de la República se abstuvo de pronunciarse sobre la reclamación…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2013

  • La Contraloría General de la República desestimó la reclamación de un funcionario de un…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la reclamación de un funciona…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.