Resumen del criterio jurisprudencial
El abogado Marcelo Esteban Carvallo Contreras interpuso un recurso de protección en favor de Rosena Edouard, de nacionalidad haitiana, contra el Servicio Nacional de Migraciones por la Resolución Exenta N° 2600100330114 que rechazó su solicitud de residencia temporal. La recurrente alegó que sí acompañó el certificado de antecedentes penales debidamente legalizado y que la autoridad no lo ponderó, vulnerando sus garantías de igualdad ante la ley y debido proceso. El Servicio informó que se le requirió el certificado y que no lo presentó verificable. La Corte constató que la recurrente había acompañado el certificado legalizado y acreditó arraigo familiar en Chile. Consideró que mantener la denegación era desproporcionado y afectaba la unidad familiar. Por ello, acogió el recurso, dejó sin efecto la resolución y ordenó retrotraer el procedimiento, otorgando un plazo de 180 días para presentar el certificado en sede administrativa.