TributarioAcoge

Infracción cursada en virtud de lo dispuesto en el artículo 55 ley de impuesto al valor…

Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2017

Resumen

Infracción cursada en virtud de lo dispuesto en el artículo 55 ley de impuesto al valor agregado, en relación al artículo 97 n° 10 del código tributario. se acoge reclamo pues no pudo establecerse que las guías de despacho no fueron emitidas en la oportunidad legal correspondiente, no configurándose, por tanto, el presupuesto legal para confirmar la infracción cursada.

Normas citadas

  • Código Tributario
  • Artículo 97 del Código Tributario
  • Artículo 86 del Código Tributario
  • D.L. N° 825
  • Ley Sobre Impuesto a las Ventas y Servicios
  • DFL N° 7
  • Resolución N° 00128
  • Oficio N° 679

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