Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal de alzada determinó que, tratándose de un inmueble declarado monumento histórico, las reparaciones ordenadas por la autoridad municipal requieren autorización previa del Consejo de Monumentos Nacionales, por lo que, mientras dicha aprobación no sea otorgada —pese a haberse gestionado—, no se configura infracción a la normativa urbanística.