Resumen del criterio jurisprudencial
Parque Titanium S.A. reclamó contra la Resolución DGA RMS N° 1.496 (Exenta) de 7 de septiembre de 2017, que denegó su solicitud de constitución de un derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas no consuntivo, de ejercicio permanente y continuo, por un caudal de 260 litros por segundo, en la comuna de Las Condes, dentro del sector hidrogeológico Santiago Central. La DGA había estimado inicialmente procedente otorgar el derecho, pero la Contraloría General de la República se abstuvo de tomar razón por estimar infringido el artículo 66 del Código de Aguas, que regula las áreas de restricción. La actora sostuvo que el artículo 66 solo se refiere a derechos provisionales y no a definitivos, y que al ser no consuntivo el derecho no afecta el acuífero ni a terceros. La DGA solicitó el rechazo, argumentando que la resolución se ajustó a derecho. La Corte Suprema rechazó la reclamación, confirmando la legalidad de la resolución impugnada. La sentencia fue acordada con el voto en contra de los abogados integrantes Lagos y Barra, quienes estuvieron por acoger parcialmente el recurso para conceder el derecho con carácter provisional.