La Corte Suprema acogió parcialmente un recurso de protección interpuesto por la Junta…
Sentencia · Corte Suprema · 2023
Resumen
La Corte Suprema acogió parcialmente un recurso de protección interpuesto por la Junta de Vecinos N°1 Punta de Tralca en contra de J.G.E., quien realizaba obras no autorizadas en su predio. Se ordenó paralizar específicamente la tala de bosque nativo e intervención de quebradas hasta obtener los permisos sectoriales y municipales correspondientes. Las obras denunciadas incluían apertura de caminos, cierres, tala de bosque nativo, intervención de quebradas y laderas, afectando un humedal urbano en proceso de reconocimiento. La sentencia consideró que existía vulneración de derechos constitucionales a la integridad física y psíquica, y al derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
Normas citadas
Artículo 19 N°1 Constitución Política de la República
Artículo 19 N°8 Constitución Política de la República
Ley N° 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal
Artículos 41, 171 y 172 inciso 2° Código de Aguas
Ley N° 19.300 sobre Bases del Medio Ambiente
Artículos 10 letras p) y s), y 11 literales d), e), f) y s) Ley N° 19.300
Artículo 1.5.19 Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones
Plan Regulador Metropolitano de Valparaíso Satélite Borde Costero Sur (PREMVAL SBCS)
recurso de protecciónbosque nativohumedal urbanoquebradasderecho ambientalevaluación de impacto ambientalEl QuiscoPunta de Tralca
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