Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema acogió parcialmente un recurso de protección interpuesto por la Junta de Vecinos N°1 Punta de Tralca en contra de Joaquín Guzmán Encina, quien realizaba obras no autorizadas en su predio. Se ordenó paralizar específicamente la tala de bosque nativo e intervención de quebradas hasta obtener los permisos sectoriales y municipales correspondientes. Las obras denunciadas incluían apertura de caminos, cierres, tala de bosque nativo, intervención de quebradas y laderas, afectando un humedal urbano en proceso de reconocimiento. La sentencia consideró que existía vulneración de derechos constitucionales a la integridad física y psíquica, y al derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.