Resumen
La Superintendencia del Medio Ambiente dictó una resolución sancionatoria contra una constructora por ruidos molestos generados por una faena de construcción de un edificio en la comuna de Ñuñoa, en aplicación del D.S. N° MMA. El procedimiento se fundamentó en denuncias de vecinos y en una inspección ambiental realizada en 2018. La resolución dispone que, si el infractor es una persona jurídica, las personas naturales que la representen legalmente o actúen en su nombre responderán subsidiariamente del pago de la multa. Asimismo, fija que las sanciones prescriben a los tres años desde que la resolución quede a firme, interrumpiéndose con la notificación del procedimiento de ejecución o la formulación de cargos. Finalmente, instruye que, una vez firme, la sanción sea consignada en el Registro Público de Sanciones de la Superintendencia, conforme al artículo 58 de la LOSMA y su reglamento.