Resumen
La Asociación de Canalistas Cato y Ñuble presentó una denuncia ante la Dirección General de Aguas (DGA) por extracción no autorizada de aguas desde un canal artificial. La DGA declaró inadmisible la denuncia, argumentando que la materia era de competencia del Directorio de la organización de usuarios. La asociación reclamó judicialmente, pero la Corte de Apelaciones de Chillán rechazó el reclamo. Contra esa sentencia, la asociación interpuso recurso de casación en el fondo ante la Corte Suprema, denunciando infracción de diversas normas del Código de Aguas. La Corte Suprema, por su Tercera Sala, desestimó el recurso por manifiesta falta de fundamento, confirmando que la policía interna de los cauces artificiales corresponde a las organizaciones de usuarios y que la DGA solo tiene facultades sobre cauces naturales de uso público. En consecuencia, se rechazó el recurso de casación.