Resumen del criterio jurisprudencial
Se rechaza el amparo interpuesto en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, respecto de la solicitud de información concerniente a los “funcionarios de planta y de contrata que durante el año 2024 y 2025 ha accedido a mis datos personales que obran en el Servicio de Registro Civil e Identificación”. Lo anterior, por configurarse a su respecto las causales de secreto o reserva dispuestas en el artículo 21, N°1, N°2 y N°5 de la Ley de Transparencia, en relación a lo previsto en la Ley N°19.628 sobre Protección de la Vida Privada y en el artículo 19 N°4 de la Constitución Política de la República. Aplica criterio contenido en las decisiones de amparo roles C51-23, C3174-17, C4501-18, C2988-21 y C9386-21.