Resumen del criterio jurisprudencial
Martín Eduardo Vásquez Cifuentes demandó a Constructora Casaa Limitada por declaración de continuidad laboral, nulidad del despido, despido improcedente y cobro de prestaciones. Alegó que prestó servicios desde el 1 de agosto de 2020 hasta el 30 de marzo de 2026, inicialmente sin contrato escrito y mediante boletas de honorarios, y que fue despedido sin pago completo de indemnizaciones ni cotizaciones previsionales. El tribunal declaró la existencia de relación laboral desde el 1 de marzo de 2021 hasta el despido, considerando que antes de esa fecha no se acreditó subordinación suficiente. Se acogió parcialmente la demanda, reconociendo el despido improcedente y condenando al pago de indemnizaciones y feriado proporcional, pero rechazó la nulidad del despido y la relación laboral previa al contrato escrito.