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Constitucional: Tribunal Constitucional, CPR, Bancos

Resumen del criterio jurisprudencial

1. Que las siguientes disposiciones del proyecto remitido son inconstitucionales y, en consecuencia, deben eliminarse de su texto: - Artículo 1°, inciso primero, la frase que dice: ""Dicha normativa deberá contar con la opinión favorable del Ministro de Hacienda y el informe previo de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras."" - Artículo 13, inciso quinto, la frase que dice: ""previos informes del Ministro de Hacienda y de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras."" - Artículo 16, inciso primero, la frase que dice: ""adoptado con el informe previo del Ministro de Hacienda,"" - Artículo 20, inciso tercero. 2. Que las siguientes disposiciones del proyecto remitido son constitucionales: Artículos 1°, incisos primero -salvo la frase que dice ""Dicha normativa deberá contar con la opinión favorable del Ministro de Hacienda y el informe previo de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras""- y quinto; 3°, inciso cuarto; 4°; 6°, incisos primero y segundo; 7°, incisos primero, segundo, tercero, quinto y octavo; 8°, letras a) -inciso segundo- y b), e inciso segundo; 9°; 10°; 11, incisos primero, segundo, cuarto y octavo; 12, letra b), e incisos segundo, tercero y cuarto, salvo la frase ""Mientras las acciones se encuentren en poder del Banco Central de Chile, sólo tendrán derecho al porcentaje de excedentes que les corresponda, sin que tengan derecho a voz ni voto en las juntas de accionistas.""; 13, incisos primero, quinto -salvo la frase ""previos informes del Ministro de Hacienda y de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras."" y séptimo -salvo la frase ""según lo que resuelva la junta de accionistas en la forma señalada en el artículo 34.""; 14; 15, letras a) -inciso segundo-, b) -inciso segundo-, e inciso segundo; 16, incisos primero -salvo la frase ""adoptado con el informe previo del Ministro de Hacienda,""-, segundo, -letra b)-, y tercero; 17; 19; 20, incisos primero -letras a), b), c) y d)-, y segundo; 23; 24, inciso primero, letras a) y b), -salvo la frase del inciso segundo que dice: ""Mientras las acciones estén gravadas con la prenda o se mantengan en poder del Banco Central de Chile no gozarán de derecho a voz ni a voto en las juntas de accionistas del nuevo banco y sólo tendrán los derechos que específicamente se les otorgan por esta ley.""-; 25, incisos cuarto y octavo; 28; 29, salvo la frase que dice: ""se hará previa oferta preferente a los accionistas de la sociedad matriz en la forma que corresponda según lo señalado en el artículo 34.""; 30, letras b) -inciso tercero-, y c); 31, letras b) y c); 32; y 37; 3. Que el Tribunal no se pronuncia sobre las siguientes disposiciones del proyecto, por versar sobre materias que no son propias de ley orgánica constitucional: Artículos 1°, incisos segundo, tercero y cuarto; 2°; 3°, incisos primero, segundo y tercero; 5°; 6°, inciso tercero; 7°, incisos cuarto, sexto y séptimo; 8°, su encabezamiento e inciso primero de la letra a), e inciso tercero; 11, incisos tercero, quinto, sexto y séptimo; 12, su encabezamiento y la letra a), y la frase ""Mientras las acciones se encuentren en poder del Banco Central de Chile, sólo tendrán derecho al porcentaje de excedentes que les corresponda, sin que tengan derecho a voz ni voto en las juntas de accionistas."", del inciso cuarto; 13, incisos segundo, tercero, cuarto, sexto, séptimo -la frase ""según lo que resuelva la junta de accionistas en la forma señalada en el artículo 34.""-, y octavo; 15, en el encabezamiento, las letras a) -incisos primero, tercero y cuarto-, y b) -inciso primero-, e inciso tercero; 16, letras a) y c); 18; 20, letra e); 21; 22; 24, letras b) -inciso primero y la frase ""Mientras las acciones estén gravadas con la prenda o se mantengan en poder del Banco Central de Chile no gozarán de derecho a voz ni a voto en las juntas de accionistas del nuevo banco y sólo tendrán los derechos que específicamente se les otorgan por esta ley."" del inciso segundo-

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