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- Es materia de ley orgánica constitucional la norma que dispone un sistema especial de…

Resumen del criterio jurisprudencial

- Es materia de ley orgánica constitucional la norma que dispone un sistema especial de provisión o promoción de cargos de la Administración del Estado. - Son normas propias de la ley orgánica constitucional a que se refiere el artículo 74, de la Carta Fundamental, la disposición del proyecto referida a la rendición de caución en dinero en efectivo. - No son propias de ley orgánica constitucional las disposiciones del proyecto que regulan cuestiones de mero procedimiento.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.