Resumen del criterio jurisprudencial
La Sociedad Industrial Sta. Lucia Ltda. reclamó judicialmente la Resolución de multa N°6356/26/11 de la Inspección Provincial del Trabajo de Talca, que la sancionó por no llevar correctamente el registro de asistencia y horas de trabajo, debido a que un trabajador firmó anticipadamente su horario mientras estaba con licencia médica. La demandante sostuvo que la obligación de firmar el registro corresponde al trabajador, no al empleador, y que la resolución carecía de fundamentación. El tribunal consideró que la infracción existía, pero que el trabajador tenía problemas de lectoescritura y era la primera multa de la empresa, por lo que acogió parcialmente la reclamación y rebajó la multa de 60 UTM a 10 UTM, sin costas.