Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge parcialmente el amparo deducido en contra de la SEREMI de Salud Región de Valparaíso, ordenando entregar la información relativa a la habilitación del cirujano dentista y autorización de clínica dental que se consulta, como del procedimiento para formular denuncias solicitado. Lo anterior, por tratarse de información de naturaleza pública, respecto de la cual el órgano reclamado no acreditó su entrega, como tampoco alguna causal de reserva o circunstancia de hecho que justifique su denegación. En forma previa a su entrega, el órgano deberá tarjar los datos personales de contexto que pudieran contener los documentos, en aplicación del principio de divisibilidad consagrado en la Ley de Transparencia. Con todo, en el evento de que dicha información no obre en su poder, deberá informar de ello de modo circunstanciado, tanto a la reclamante como a esta Corporación. Por otra parte, se rechaza el amparo deducido respecto de la solicitud de fiscalización que comprende el requerimiento formulado, por tratarse del ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 19 N° 14, de la Constitución Política de la República y no constituir una solicitud de acceso en los términos dispuestos en la Ley de Transparencia.