Resulta jurídicamente procedente que al coexistir en una empresa directores afiliados a…
Dictamen · Dirección del Trabajo · 2008
Resumen
Resulta jurídicamente procedente que al coexistir en una empresa directores afiliados a una misma federación, confederación o central puedan cederse entre ellos, total o parcialmente, el tiempo de los permisos que les correspondiere, previo aviso escrito al empleador.
Normas citadas
Código del Trabajo
Artículo 249 del Código del Trabajo
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